La propuesta de transformar a la CNDH en “Procuraduría de los Pobres” es retórica. Carece de contenido y aplicabilidad
En mi columna pasada del sábado 20 de junio, invité a que evaluáramos, a la luz de las acciones que se han tomado, su perfil, actividades en materia de derechos humanos, si la designación de María del Rosario Piedra Ibarra, había sido un error o un acierto para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Agradeciendo de antemano a mis lectores, recibí importante retroalimentación. Especialmente una, de mis amigos de Baja California, mi querido estado por adopción, que dado el conocimiento que tiene de los derechos humanos y la confianza, me pareció interesante establecer, en esta colaboración, una especie de diálogo platónico entre Zenón y Cicero, para continuar fomentando el análisis en la materia.
Zenón sostiene dos tesis:
- La propuesta de Rosario Piedra de constituir la “Procuraduría de los Pobres”, no tiene que ver con excluir de su protección a los estratos de ingresos medios y altos de la sociedad, sino para poner mayor énfasis en los derechos de las personas en pobreza y pobreza extrema, lo que obligaría a la CNDH y a las Comisiones Estatales, a focalizarse más en la protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA), de los más vulnerables; y,
- La propuesta más importante de la Presidenta que, curiosamente, llamó menos la atención, es la de otorgar carácter vinculante -de cumplimiento obligatorio- a las recomendaciones que se emiten.
Cicero argumenta en contra de la primera tesis que, precisamente y, en última instancia, ¡Ese es el objetivo de la CNDH!, focalizarse en la protección de los derechos DESCA de todos los individuos y que su misión no debe empezar aquí o con los más desprotegidos.
Por lo que más allá de la propuesta de cambiar el nombre o darle un giro distinto, por más noble que esto parezca, el énfasis debe estar, no sólo en los derechos de las personas en pobreza o de un grupo, sino de todas las personas, sin importar su condición, como lo recoge explícitamente la Declaración Universal de los Derechos Humanos. No sólo argumentes proteger a algunos, protege a todos, ese es el espíritu más noble.
Continúa diciendo que, cuando nos centremos en esa premisa, cuando la CNDH y las Estatales se centren en ella, existirá mayor probabilidad de que aquellos más vulnerables o necesitados, encuentren una sólida protección y defensa de sus derechos.
De hecho, con los principios y normatividad actual de la Comisión y otros organismos nacionales e internacionales, en estos momentos se puede procurar cumplir con ese noble propósito y, cierra señalando que, polarizar a la sociedad nunca ha sido un camino recomendable.
En cuanto a la segunda tesis, Cicero considera muy acertado el argumento de Zerón, resulta fundamental un debate en la Ágora sobre el carácter obligatorio o no, de las recomendaciones que emite el sistema ombudsperson. Zerón resalta que hasta hoy, las autoridades aceptan las recomendaciones, pero al no cumplirlas en los hechos, se convierten en una simulación.
Cicero reconoce esa realidad. No obstante, argumenta que la CNDH, cuenta con la facultad de denunciar penalmente o presentar quejas administrativas, precisamente ante autoridades con atribución sancionadora, en contra de servidoras o servidores públicos que por su actos u omisiones hayan violentado derechos humanos, ya sean de una persona de escasos recursos, de un grupo vulnerable o de uno con alta capacidad económica.
Finalmente, analizando este diálogo, me gustaría sugerir en esta colaboración que, en tanto se inicia y se resuelve el debate, no sólo el Sistema Nacional de Protección de los Derechos Humanos, tiene la obligación de reforzar la utilización de estas herramientas de denuncia, sino todos los poderes de la unión, así como todas y todos los mexicanos, lo que sin duda, permitirá fortalecer el cumplimiento de las recomendaciones emitidas.