¿Trabajadoras del hogar sufren explotación laboral? Conoce sus derechos

En México, el 30 por ciento de las trabajadoras del hogar ganan menos de un salario mínimo; conoce el panorama, las leyes y sus derechos

En México todas las personas tienen derecho a un trabajo digno y socialmente útil; a que se respete su dignidad, sin discriminación, con acceso a la seguridad social, percibiendo un salario remunerador y bajo condiciones óptimas de seguridad e higiene. Asimismo, con un respeto irrestricto a sus derechos de asociación, autonomía, huelga y de contratación colectiva. Esta es la norma. Pero con las trabajadoras del hogar es distinto.

Histórica y lamentablemente, el trabajo del hogar reune características de la esclavitud. Basta con cerrar los ojos y pensar en todos los adjetivos con los que nos llegamos a referir. Si reflexionamos un poco, son palabras hirientes, humillantes y discriminatorias que, precisamente, para no fomentarlo, se evitan en este espacio.

Pero, no sólo es el dominio que hemos procurado sobre nuestros pares, sino que también las leyes lo han fomentado. Antes del 2 de julio de 2019, la Ley del Seguro Social no establecía la afiliación obligatoria al IMSS; y, la Ley Federal de Trabajo, permitía hasta 12 horas laborales diarias.

De acuerdo con el INEGI, en México se estiman 2.5 millones de personas de 15 años o más, trabajando remuneradamente en el hogar. Casi el 97 por ciento de manera informal. El 74 por ciento no cuentan con prestaciones y, el 12.5 por ciento, trabaja más de 48 horas semanales.

En algún momento, una amiga se desahogaba, platicando que en su empleo le iban a cancelar su contrato de 15 años, por uno de honorarios y que no recibiría liquidación (tres meses de salario, prima y prestaciones aún no pagadas).

Como consecuencia, tendría que despedir a “su muchacha” -sin menoscabo del adjetivo posesivo-. Aquí vino la reflexión que, finalmente, fue reconocida y aceptada. En principio, la o el trabajador no es nuestro y, en segundo, las preguntas eran, ¿Cuál es la diferencia entre tu jornada laboral y la de ella? ¿Por qué a ti, sí debe corresponderte una compensación y a ella no?

La Ley General contra la Trata de Personas sanciona con pena de hasta 10 años, a quien se beneficie injustificadamente, de manera ilícita, sometiendo a otra, a prácticas que atenten contra la dignidad, como el trabajo en condiciones peligrosas o insalubres; sin las protecciones necesarias para el desarrollo de una industria o actividad; con desproporción entre el trabajo realizado y el pago recibido; o, pagando un salario por debajo de lo legalmente establecido. En México, de acuerdo con la CONAPRED, el 30 por ciento gana menos de un salario mínimo.

Como podemos observar, el trabajo del hogar se encuentra navengando entre las aguas de la legalidad y de la ilegalidad, con la posibilidad de llegar a penas de prisión. No debemos continuar justificando o creyendo que las labores de la casa son propias de las mujeres, que esa es su obligación. Es momento de interiorizar y formalizar la informalidad de más de 2.4 millones de mexicanas y mexicanos que realizan los trabajos de la casa.

Por fortuna, nuestro gobierno, después de una lucha incansable, encabezada, entre otras grandes personalidades e instituciones, como Marcelina Bautista, fundadora del Centro de Apoyo y Capacitación para Empleadas del Hogar, en 2015 concedió el registro al primer Sindicato Nacional de Trabajadoras del Hogar y, más aún, como un hito para los derechos humanos, el 3 de julio de 2020, ratificó el Convenio 189 ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), comprometiéndose a promover el trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos. Es sólo el comienzo ¿te apuntas?