Gobernador de Tabasco: ¿licencia, interino o sustituto?

Tras ser elegido como nuevo Secretario de Gobernación, el mandatario podría recibir una licencia temporal, pero también puede ser sustituido

¿Qué pasará con la gubernatura de Tabasco tras la licencia otorgada a Adán Augusto López?

La cuarta transformación ha venido a revolucionar las formas legales preestablecidas, exponiendo que las normas existentes, en muchas ocasiones, no contemplan de manera precisa, cómo deben atenderse las necesidades políticas actuales. Ya lo comentábamos, por ejemplo, con el conflicto de leyes suscitado con el proceso de desafuero federal vs. estatal en el caso de Francisco García Cabeza de Vaca (El Heraldo de México, 20/05/21) y hoy, con la posibilidad de que un gobernador, a 32 meses de su gobierno, asuma funciones como secretario de Gobernación.
Revisando la historia, existen pocos casos de mandatarios estatales solicitando licencia para intentar otros proyectos, como Juan Manuel Oliva en Guanajuato (2015), Jaime Rodríguez en Nuevo León (2017), Manuel Velasco en Chiapas (2018), Alejandro Moreno en Campeche (2019), entre otros. El nuevo secretario de Gobernación, Adán Augusto López, actual gobernador de Tabasco, fue elegido para el periodo 2019-2024, quedando todavía más de 3 años de su mandato.

En este caso, ¿qué previene la constitución estatal? ¿tiene que dejar la gubernatura definitivamente? ¿se permite licencia temporal o indefinida? ¿después de un periodo, puede regresar como gobernador? Analicemos estas preguntas a la luz de la carta magna aplicable. ¿Qué pasará con la gubernatura de Tabasco? En principio, renunciar no es opción, tendría que argumentar una causa grave y, al parecer, no hay alguna que lo justifique.

Entonces, debe solicitar licencia. Aquí está el punto fino, toda vez que ésta, de acuerdo con la carta local, sólo puede otorgarse hasta por 120 días naturales improrrogables, es decir, no se contempla una licencia indefinida, ¿durará como secretario de estado sólo 4 meses?

Pasados éstos, en automático, la licencia temporal se debe convertir en definitiva, por lo que la legislatura tendría que designar al gobernador sustituto que concluiría el periodo, concurriendo cuando menos las dos terceras partes de la cámara, mediante voto secreto y por mayoría absoluta. Claro, en ese inter, con el secretario de gobierno, José Antonio de la Vega, como provisional y sí, con posibilidad de contender en el siguiente periodo.

Esto es lo que debe ser: si la licencia se prolonga por más de 120 días, se nombrará a un sustituto (no interino). No obstante, si se quiere lograr -ante la falta de normatividad expresa-, el artículo 49 de la constitución abre una puerta para prorrogar la licencia más allá, al establecer que el gobernador no puede separarse de sus funciones por más de 60 días, “sin permiso de la legislatura”.

Si bien, el numeral 40, sólo permite prorrogar los 60 días por una única vez, el 49, al señalar que no puede separarse “sin permiso de la legislatura”, encamina a que la legislatura pueda otorgar permiso indefinido.

Otra posibilidad interesante, que tampoco está contemplada, es que el gobernador nombrado sustituto, en su momento, solicite licencia y que el congreso vuelva a designar como gobernador a Adán Augusto. Los tiempos son transformacionales y las leyes no pueden quedarse atrás. ¿Usted qué opina?

Explotación infantil: Suprema Corte garantiza salvaguardar la integridad de los menores

En México se implementó una nueva estrategia de seguridad para menores explotados con el fin de erradicar el delito de trabajo infantil

Forma parte del paisaje, de una forma tristemente casi natural, ver niñas, niños y adolescentes mendigando dinero, lavando cristales o, escuchar historias de empleadas del hogar, con horarios y tratos infrahumanos.

¿Cuándo se considera un delito? La Ley General contra la Trata recoge tres supuestos de explotación laboral, cada uno con sus características y con penas hasta de 20 años de prisión.
1. La explotación laboral. Cuando se obtiene un beneficio del trabajo ajeno, sometiéndola a actividades que atentan contra su dignidad, como ponerla a trabajar en condiciones insalubres; con una desproporción entre la cantidad de trabajo y el pago que recibe; o, pagándole un salario por debajo de lo legal. El salario mínimo es de 141.70 pesos diarios. Saque cuentas.

2. El trabajo o servicio forzado. De 10 a 20 años de cárcel, cuando tienes a un ser humano bajo amenaza de denunciarlo por su situación migratoria irregular; o, usas la fuerza, amenaza o coerción. Una situación que sufren los migrantes en todos los países.

3. La mendicidad forzosa. Con hasta 9 años, si se obliga a mendigar o pedir limosna, contra su voluntad y bajo amenazas, uso de la fuerza, engaño o coacción. La pena puede llegar a 15 años, si se utilizan menores, mayores de 70, mujeres embarazadas o discapacitados.

¡Si tienes a una persona bajo estas condiciones, vas a ir a la cárcel! Uno de los problemas aquí, es que muchas de estas conductas sancionadas por la ley, todavía se asumen como normales y no se identifican, pero recuerda que desconocer las leyes no libera de responsabilidad.

Ahora, cuando las víctimas de estos delitos son niñas, niños y adolescentes, el problema se agrava, no sólo para el probable responsable, sino sobre todo para la víctima, ya que se le puede estar causando o causó un daño irreversible, que vulnera una completa gama de derechos humanos, entre ellos, al desarrollo de su personalidad, a la educación, alimentación y salud. Los niños deben ser niños, no empleados y no debemos confundir la intención de formarlos, con la explotación laboral.

En México, conocemos de manera general que el legislativo elabora leyes, el ejecutivo las implementa y el judicial, dirime controversias e imparte justicia. No obstante, éste último también, a través de sus sentencias, establece principios rectores que deben servir o seguir los demás poderes para garantizar una mayor protección de la niñez.

En mayo de este año, la Suprema Corte emitió un criterio que exhorta a los jueces a no sólo dictar sentencia, sino a considerar, cuando las víctimas son menores, la adopción de “medidas de protección suficientes, con el fin de garantizarles condiciones de vida óptimas y evitar, a toda costa, ponerlos nuevamente en riesgo”.

También, invita a todas las autoridades, para que “identifiquen, diseñen y empleen las acciones que más los beneficien [a los menores], para disminuir los efectos negativos de los actos criminales sobre su persona”.
¡Más sentencias como esta, bravo!

Día mundial contra la Trata de personas busca concientizar la gravedad de esta problemática

La ONU designó esta fecha no como una conmemoración, sino como un día para la reflexión con el propósito de erradicar mundialmente este delito

En la resolución aprobada el 18 de diciembre de 2013 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, relativa a las medidas propuestas para mejorar la coordinación de esta lucha, se decidió designar el 30 de julio como el Día Mundial contra la Trata de Personas.

No es un festejo, es una fecha que tiene como propósito crear conciencia del grave problema que enfrentamos, recordarnos que seguimos padeciendo de la esclavitud moderna y que, sobre todo, hoy en día existen víctimas de explotación en todas sus modalidades.
En 2018, a nivel mundial, se tuvo razón de 50,000 casos (aunque la estimación global no reportada llega a 40.3 millones en condición de esclavos), el 50 por ciento con fines de explotación sexual y el 38, de trabajos forzosos. Niñas y mujeres representan más del 65 por ciento de los casos, aunque en los últimos años la explotación de niños ha aumentado 5 veces.

¿Cuántas víctimas hay en México? Con registros de 2015 y hasta el 30 de junio de 2021, se registraron 3,153 mujeres víctimas de trata (la estimación es de 341,000), con los sucesos más altos en los estados de México, Nuevo León, Ciudad de México y Baja California. En 2019 y 2020 la línea nacional contra la trata de personas del Consejo Ciudadano, recibió 4 mil 455 llamadas de denuncia.

¿En qué consiste este delito? De acuerdo con la Ley General en la materia, la trata de personas consiste en la explotación del hombre por el hombre, es decir, cuando un individuo realiza acciones u omisiones con la intención de explotar a otro y recibir un beneficio, ya sea como esclavo, siervo, sexual o laboralmente (las más habituales), matrimonio o mendicidad forzosa, utilización de menores en actividades delictivas, adopción ilegal de menores, tráfico de órganos o experimentación biomédica ilícita.

Se trata de un hacer o dejar de hacer, a través de distintos medios como la amenaza, el uso de la fuerza, coacción, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, para un fin, que es la explotación.

Con este delito se vulneran, al mismo tiempo, innumerables derechos humanos, como el de la vida, la libertad y seguridad y el de libre desarrollo de la personalidad. Entre las principales causas se reconocen la pobreza, la desigualdad, la discriminación y la violencia de género.

Como podemos observar, en principio, hemos avanzado en la lucha contra la esclavitud, pero aún estamos muy lejos de que la conciencia sea tal, que podamos empezar a disminuir los números de explotación. Tenemos que creer que existe, debemos conocer sus elementos para poder identificarla y, sobre todo, para denunciarla.

No dejemos que este día pase desapercibido, que sea una fecha más, aprovechemos que se encuentra establecida para tomarla como punto de referencia y, exigirnos, exigir a la sociedad y a nuestros gobiernos, una focalización del problema y atención urgente. ¡Levantemos la voz en contra de la explotación del ser humano!

¿Un abogado puede ser figura pública? Entre la libertad de expresión y la invasión a la privacidad

¡La fama tiene un precio! Ser una persona pública trae consigo una protección menos amplia del derecho a la privacidad, intimidad y el honor
¿Un abogado, sólo por ejercer la profesión, debe ser considerado persona privada con proyección pública, es decir, una figura pública? Pues, ¿Qué creen? Un tribunal colegiado resolvió que sí, específicamente, cuando ejerce en materia laboral, ya que se trata de una actividad profesional de interés público y con trascendencia general.
Más adelante, la Suprema Corte sostuvo que no necesariamente, ejercer la abogacía en alguna materia específica, conlleva a que éste sea proyectado como persona conocida. En materia de libertad de expresión y derecho a la información, los sujetos que se encuentran involucrados en notas periodísticas pueden tener dos naturalezas: 1. Persona o figura pública; o, 2. Persona privada sin proyección pública.

Pero ¿cuál es la relevancia de la calidad de las personas involucradas, para la licitud o ilicitud de las ideas expresadas en un caso específico? ¿Por qué importa si eres figura pública o no? Porque dicha característica determinará la obligación que tiene o no la persona para tolerar mayor intromisión en su privacidad.

En el ejemplo del abogado, si es considerado público, legalmente debe ser más indulgente, de lo que están obligadas a serlo los privadas. No sólo es un decir, así lo analizarán los juzgadores al momento de resolver.

¿Cómo sabemos cuando alguien es una persona pública o privada? La Corte ha señalado que existen tres especies, dentro del género de personajes notorios: 1. Los servidores públicos; 2. Personas privadas, físicas o morales, con proyección pública; y, 3. Los medios de comunicación.

De ahí que, los primeros, no puedan bloquear a usuarios en sus redes sociales por opiniones críticas, siempre que la persona bloqueada no esté constituyendo un delito. ¿Qué es ser una figura pública? La proyección pública se define en las personas, de acuerdo con los criterios del máximo tribunal, “por su incidencia en la sociedad por su actividad política, profesión, trascendencia económica o relación social, así como a la relación con algún suceso importante para la sociedad”.

En palabras llanas, eres figura, aunque seas persona física o abogado, cuando la función que desempeñas tiene esas características, si estás incidiendo activamente con acontecimientos sociales o que exista una decisión voluntaria de asumir el riesgo publicitario.

También, una persona pública puede adquirir esta proyección, si se vio relacionada con algún contexto que, en sí mismo, sea de interés general. ¿Cuáles son las desventajas de ser un personaje público?

Como pueden ver, ser notoriamente conocida en una comunidad, ya sea por circunstancias sociales, familiares, artísticas, económicas, te hace estar más expuesto y con la facultad legal de que exista una mayor intromisión en tu vida privada, incluyendo crítica molesta o hiriente, que aquellas que no reúnen esta condición.

Entonces, la fama tiene sus consecuencias y, en estos términos, puede suponer una protección menos amplia de nuestro derecho a la privacidad, intimidad y el honor, versus el derecho a comunicar y el de la sociedad a conocer la información.

¡Mucho ojo, entonces! 

Ultraje a la bandera y libertad de expresión

¿Libertad de expresión o uso indebido de los símbolos patrios? Entre el ultraje y nuestra identidad

Tenemos tanta precaución de utilizar la bandera y el escudo nacional, en nuestra vida diaria, que ha resultado contraproducente para nuestra identidad mexicana. Preferimos vestir con las de otros países. ¿Y si pudiéramos utilizarla libremente, por ejemplo, en las artes plásticas?

Esto viene a colación con motivo del revuelo mediático por la exhibición, en un acto público, de un mural representando a la serpiente en forma de “S”, que se atribuye al apellido de la gobernadora de Guerrero, Evelyn Salgado. Digo reciente, porque ya hemos tenido casos como el del águila de Fox, Miley Cyrus en su concierto o atletas portándola en sus uniformes.

Tomemos el evento de Salgado como punto de partida para poner sobre la mesa dos debates: 1. De acuerdo con la normatividad vigente ¿es ilegal presentar el lábaro patrio distorsionado?; y 2. Si concluimos que sí, ¿qué pesa más? ¿su culto y respeto consagrado en una ley secundaria o la libertad de expresión con rango constitucional?

Primer debate. Asumiendo que se trata de una expresión artística, la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional publicada en 1984, prohíbe cualquier reproducción que no corresponda al modelo legal y no podrá variarse bajo ninguna circunstancia; así mismo, contempla como infracción modificar sus características, con multa de hasta 896 mil pesos y arresto.

La Suprema Corte ha analizado juicios donde se obliga a borrarlos de un muro “por estar prohibido que se usen para tal menester”; y ha sentenciado que no se violan garantías constitucionales al separar a un alumno por incumplir con la ley de la materia.

Podemos concluir —no si es políticamente correcto o incorrecto—, que sí incurre en infracción quien altere el diseño legal preestablecido, pero ¿tiene consecuencias penales?

Segundo debate. El culto y respeto a estos símbolos se encuentra reflejado en dos leyes secundarias —la ley ya referida y el Código Penal Federal— y en la Constitución federal, sobre las facultades del Congreso para legislar sobre sus características. Se sanciona con prisión a quien los ultraje, ya sea de palabra o de obra y a quien los use indebidamente.

La libertad de expresión, entendida como la libertad artística de imaginar, crear y transmitir expresiones culturales, sin que sean objeto de inquisición judicial o administrativa, mantiene un estatus de garantía constitucional, así como protección en los tratados internacionales de los que México es parte.

La respuesta al dilema parece obvia, debería pesar más la protección de los derechos humanos sobre los objetos físicos; no obstante, existe el componente patriótico de respeto a los símbolos patrios, por lo que una vez más, debemos encontrar un justo medio en este evidente conflicto de leyes, para legislar, balanceando, nuestra identidad nacional y la libertad de expresión. Permitamos que, con respeto, la bandera forme parte de nuestra vida cotidiana.

Baja California bajo alerta de violencia de género, SEGOB declara emergencia en todos sus municipios

México podría ser uno de los países menos seguros para la mujer; Baja California entre los estados con mayor índice de violencia de género

En los últimos siete años, marzo y mayo de 2021, han sido los meses más violentos para las mujeres en México, sobre todo en delitos de violación, violencia familiar, extorsión y en llamadas de auxilio.

Del primero de enero al 31 de mayo, se registraron 106,603 delitos por violencia familiar, 26,319 por lesiones, 8,623 de violación, 1,287 de extorsión, 1,187 homicidios dolosos, 638 de corrupción de menores, 412 feminicidios, 228 de trata de personas y se recibieron casi 115 mil llamadas de emergencia al 911.
De estas tragedias, Baja California, lamentablemente, ocupa el primer lugar en homicidios de mujeres, el tercero en corrupción de menores, el cuarto en trata de personas, el sexto en feminicidios -Tijuana como el séptimo municipio con más casos del país-, el séptimo en lesiones y violaciones y el octavo en violencia familiar.

No se trata de opiniones sino de datos duros. Por ello y, a través de un mecanismo único en el mundo, la Secretaría de Gobernación y la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), el pasado 25 de junio, emitieron la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Baja California y sus 6 municipios.

¿México es un país feminicida? Con esta, suman ya 22 Alertas que emite la SEGOB para 19 entidades, trágica lista que Baja California comparte con Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guerrero, Jalisco, Ciudad de México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Veracruz y Zacatecas.

¿Cuáles son los efectos de emitir una Alerta de Género? En principio, se reconoce que existe un estado de emergencia por violencia contra las mujeres; el Ejecutivo Estatal debe emitir un mensaje aceptando la responsabilidad y comprometiéndose a repararlo; así como a establecer una política de CERO TOLERANCIA de conductas violentas en contra de las mujeres.

También se emiten diversas medidas de prevención, de seguridad, de justicia y de reparación del daño, que deben implementarse de inmediato para erradicar la violencia de género.

Entre ellas, destacan la asignación de recursos para hacer frente a la contingencia y, de mayor importancia, ante la denuncia de cualquier desaparición, las autoridades deben iniciar la búsqueda inmediatamente sin que, como ya sucedió y lo dejé patente en columnas previas (¡Alerta Fátima!, 29/02/20; y, Ni una más, 02/01/21), sea óbice “su forma de vestir” o que “traía tatuajes por todos lados”.

Sin duda, la Alerta por violencia de género es un llamado de atención urgente a todas las autoridades y sociedad; al igual que un reto principal -de los que vale la pena asumir, por que las están matando-, para todos los niveles de gobierno en nuestra Baja California.

Cabe hacer la reflexión de si los altos índices de violencia de género en una entidad, deben ser el detonante de este tipo de medidas o si, dichas acciones, deben ser la regla general en todas las entidades federativas. ¿Por qué esperar a convertirnos en el primer lugar de homicidios, para implementar una política necesaria a favor de los derechos humanos de las mujeres? ¿No cree usted?

Políticas de género en la iniciativa privada ¡Ya!

Equidad de género en las empresas y las políticas necesarias para la iniciativa privada. Lograr la equidad de género en las empresas o cualquier entorno supone una colaboración entre hombres y mujeres.}

El mundo ya cambió en materia de género. La revolución se encuentra en marcha y México no es la excepción. Si bien, el punto central es feminista y el feminismo, los hombres no podemos quedarnos al margen y, al mismo tiempo, ambas partes debemos reconocer que juntos hacemos más; complemento y no antagonismo.

Ahora, para que el género masculino se sume a la equidad de género, debe comprender esta nueva realidad, hacer un alto y analizar cuál es su papel y, si no lo sabe, que se capacite, sensibilice y estudie, debemos cambiarnos el chip de manera permanente.

Muchos esfuerzos se están realizando en materia de equidad de género y, de los más visibles, son las acciones que implementan los entes públicos para procurar erradicar los estereotipos y prejuicios de género, como una de las causas de violencia en contra de la mujer.

También, los mecanismos que ejecutan los organismos internacionales para verificar el camino que están siguiendo los Estados en aras de eliminar la violencia, a través de su legislación, políticas públicas, planes nacionales, transparencia y acceso a la información, entre otros.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), organismo internacional integrado por 38 Estados miembros, cuenta con el Mecanismo de Seguimiento de la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Región (@MESECVI), en el que se analizan diversos indicadores para verificar que los Estados estén avanzando en estos asuntos de vital importancia.

En su tercer informe reporta cómo los gobiernos han capacitado a periodistas, para avanzar en acciones, junto con los medios de comunicación y agencias de publicidad, para difundir los derechos de las mujeres.

Equidad de género en la iniciativa privada
No obstante, la propuesta en este artículo es que también volteemos a ver, analizar y resaltar lo que está haciendo al respecto la iniciativa privada, para que así, como comento líneas arriba, además del complemento entre mujeres y hombres para avanzar en esta agenda, también exista entre los entes públicos y las empresas.

En este sentido puedo, por ejemplo, destacar cómo el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la CDMX, a través de un convenio de colaboración, capacitó en estos días a 119 colaboradores y colaboradoras de El Heraldo Media Group en prevención de violencia contra las mujeres.

Asimismo, esta misma empresa con la que escribo, suscribió el 19 de mayo, a través de su Vicepresidenta de Desarrollo Cultural y Social, la declaratoria de inicio del proceso formal para la implementación de una Política de Género, que permitirá garantizar un ambiente laboral en igualdad, sin discriminación y libre de violencia, buscando alcanzar la meta de convertirse en el primer medio de comunicación certificado en la norma mexicana en igualdad laboral y no discriminación.

La lucha es de mujeres -mi reconocimiento-, pero el reto es de todos: hombres, mujeres, gobiernos e iniciativa privada. ¿Te sumas?

Justicia para Monse; se busca a Marlon “B” por feminicidio de la joven de 20 años

Montserrat Bendimes fue brutalmente golpeada y murió días después; hoy exigimos justicia para Monse y volvemos a levantar la voz “Ni una más”

Montserrat Bendimes fue brutalmente golpeada y murió días después; hoy exigimos justicia para Monse y volvemos a levantar la voz “Ni una más”.

El lunes escuché por El Heraldo Radio a Sergio Sarmiento y Lupita Juárez recibiendo el desgarrador testimonio de Víctor Bendimes, padre de Montserrat, quién fue brutalmente golpeada el 16 de abril y, como consecuencia, perdió la vida siete días después. Sólo tenía 20 años. De verdad lamento profundamente el feminicidio de Monse y me solidarizo con su familia.

La Fiscalía General de Justicia de Veracruz ofrece 250 mil pesos a quien proporcione información que permita la localización, detención o aprehensión de Marlon “B”, por su probable participación en la comisión del delito de feminicidio.

Ingresando en Internet #JusticiaparaMonse, podrán encontrar fotos y el nombre completo de Marlon. La información que puedan proporcionar, se debe enviar a [email protected]

Siempre lo he pensado, la única forma de detener un gran problema es parando. Haciendo un alto. De otra manera, la situación continuará creciendo e involucrando a más y más personas. No podemos tapar el sol con un dedo y, menos, con feminicidios.

Marlon, entrégate y que la autoridad determine y ejerza sus facultades. Creéme, en este mundo globalizado, con redes sociales y con una sororidad en ascenso, como una revolución imparable, te van a detener.

Ahora, independientemente de la aprehensión, que estoy seguro se ejecutará en muy poco tiempo, una mujer más ha perdido la vida, de manera violenta, dejando atrás a una familia destrozada, amigos, amigas y a una sociedad, cada vez más conmocionada.

Leo en redes sociales #JusticiaparaMonse, a su hermana Leslie esforzándose y haciendo todo lo que está a su alcance para que respondan ante la justicia: “¡Gritemos por mi hermana! Seamos la voz que necesita”.

¿Qué nos está pasando o qué nos pasó? ¿Qué debe suceder en la mente de un hombre o mujer, que le autorice agedir a otro ser humano hasta causarle la muerte y que no exista ningún elemento interno que lo detenga?

Tal vez nos estamos esforzando para corregir los efectos y dejamos de lado las causas que pueden ser tan dolorosas que preferimos ignorarlas. Es menos duro justificar a un hijo que aceptar que ha crecido en un entorno violento.

Atacamos las causas cuando damos amor a nuestros hijos, los cuidamos, protegemos y les creemos a ellos, antes que a nuestros parientes o vecinos. Cuando fuimos víctimas de agresión y, de adolescentes o adultos, buscamos ayuda.

Con información oficial, en los tres primeros meses de 2021 se han registrado 234 delitos de feminicidio, con los estados de México, Veracruz y CDMX, encabezando la lista. Cuatro mil 775 casos acumulados desde 2015 y una tendencia anual ascendente, siendo 2018 y 2019, los años más violentos en asesinatos a mujeres.

Hoy, con esta colaboración, me uno al grito de Leslie, familia y amigos, para atacar decididamente los efectos: ubicar de inmediato a Marlon y que se someta a las autoridades. Lancemos un mensaje de unidad y de cero impunidad. ¡México ha despertado! ¡Ni una más!

¿Qué se puede hacer con la mayoría en la cámara?

En nuestro país el Poder Ejecutivo generalmente ha contado con un mayor peso específico, lleva las riendas del país, lo que permite que dirija de acuerdo con los principios de su partido

Cualquier tipo de mayoría en la Cámara de Diputados hace la diferencia para continuar con un proyecto político. Unas mayorías ayudan más que otras, pero todas son fundamentales. Para mantener un equilibrio de fuerzas, la Constitución establece una división de poderes entre el ejecutivo, legislativo y judicial. En teoría, deben ser independientes, el legislativo crea leyes y el ejecutivo las pone en marcha, el judicial imparte justicia y resuelve controversias entre ellos.

No obstante, en nuestro país el Poder Ejecutivo generalmente ha contado con un mayor peso específico, lleva las riendas del país, lo que permite que dirija de acuerdo con los principios de su partido, ya sean de izquierda, de centro o de derecha; y, para que el proyecto avance, las leyes que emita el legislativo deben ser acordes a éste.
Por ello, en ocasiones, la línea divisoria entre el Ejecutivo y el Legislativo se puede ver desdibujada, de ahí la relevancia de la mayoría en las Cámaras. Si en la Cámara de Diputados, que es la que nos interesa —por su inminente renovación—, existe mayoría de legisladores afines, el proyecto transitará de forma más sencilla y rápida.
Existen tres tipos de mayoría para tomar decisiones o modificar o aprobar leyes. 1. Mayoría simple: La suma de los votos que constituyen la cantidad superior frente a otras opciones; 2. Mayoría absoluta: La mitad más uno de los votos; y, 3. Mayoría calificada: Las dos terceras partes de los votos presentes; esta última permite ampliar el consenso cuando se trata de asuntos trascendentales.La Cámara baja se compone de 500 diputados, 300 votados en sus distritos y 200 plurinominales asignados de acuerdo con el porcentaje de votos recibidos en la elección; ningún partido puede contar con más de 300 por ambos principios.

De esta forma, la mayoría más importante para impulsar un proyecto, es la calificada —dos terceras partes de los votos presentes en sesión— y, como no se puede tener más de 300, entran en juego los partidos coaligados, lo que permite decidir sobre los asuntos más relevantes, como las reformas a la Constitución y sus organismos autónomos (INAI, INE, IFT, CONEVAL), nombramiento de Presidente interino, Consejeros Electorales, Secretario General y Mesa Directiva de la Cámara, formar nuevos estados y reformar su Reglamento Interno; y, en consecuencia, se tendría también, la simple y la absoluta, cuando así se requiera.

Ahora, amén de contar con la facultad de cambiar la Constitución, la mayoría absoluta —con 251 legisladores—, también otorga un poder importante.Si bien, el Reglamento de la Cámara de Diputados establece que, por regla general, las votaciones se verificarán por mayoría simple, salvo los casos en que la Constitución u otras disposiciones establezcan una votación diferente, la creación o reforma de leyes secundarias, en algún momento de su proceso, requiere de la mayoría absoluta, entre ellas, aprobar el presupuesto de egresos, nombramientos en las Comisiones, remuneración de servidores públicos, propuestas fiscales, así como desechar proyectos sometidos al Pleno de las Cámaras.Mayoría calificada para cambiar la Constitución y, absoluta, para hacerlo con todas las demás leyes que nos rigen, incluido el presupuesto de egresos.

Entonces, el umbral a vencer en estas elecciones intermedias, más que alcanzar la calificada o la absoluta, es el abstencionismo. Sin duda, unas elecciones atípicas e históricas, donde nuestro lugar está en las urnas. ¡Todos los votos cuentan!

¿Sororidad? La razón de los avances en las fiscalías y tribunales contra la violencia de género

La sororidad, valentía y las redes sociales han sido elementos clave para los avances en materia de equidad de género en las fiscalías.

Por orden alfabético, de la A a la Z y con mayor frecuencia, nos enteramos de casos de probables acosadores, abusadores o violadores que están siendo sujetos a proceso, sus cuentas bancarias congeladas e investigados con perspectiva de género y un enfoque especializado. ¿A qué se debe que, en los últimos tiempos, sea más reiterado?, quizá la sororidad, la fraternidad y las redes sociales.

¿Será que en la CDMX la Fiscalía General de Justicia, la de Delitos Sexuales y la Coordinación General de Investigación de Delitos de Género son dirigidas por mujeres?, ¿Qué a nivel federal, por primera vez en la historia, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana está a cargo de una mujer? o ¿Qué de las 31 fiscalías restantes en los Estados, Durango, Sonora y Veracruz, también son encabezadas por ellas?
Sin duda, su profesionalismo y compromiso contribuyen y ha sido un factor determinante. Mi más sincero reconocimiento a su labor. Aunado a ello, existen factores que tal vez también aportan para que, finalmente, mujeres profesionales alcancen estas posiciones como servidoras públicas.
Es decir, ¿el huevo o la gallina? o vemos más procesamientos por delitos sexuales porque hay mujeres a cargo, o existen mujeres a cargo porque se están fortaleciendo los siguientes elementos -también impulsados por las mujeres dirigiendo-:

1. Sororidad, cada vez más fortalecida y, se refiere a la unidad que se forma por la amistad y solidaridad recíproca entre mujeres que se hermanan para alcanzar un mismo objetivo.

2. La fraternidad entre mujeres ha permitido que el sufrimiento, valentía y capacidad de una, se convierta en las fortalezas de todas, como una bola de nieve que genera manifestaciones masivas para ser escuchadas, a veces a gritos, pero escuchadas; permeando cada vez más profundo en nuestras familias, gobierno, hombres, políticas públicas y en la legislación. La Ley Olimpia es un buen ejemplo.

3. Redes sociales. La unidad en la valentía, aún a la distancia y sin conocerse, ha tenido un eco fundamental en las redes; movimientos sororos trascendentales como #MeToo #Niunamás #YoTeCreo, se han fortalecido a través de estos canales.

Entonces, no hay ni huevos ni gallinas, se trata de una acción integral impulsada en todas las direcciones, una revolución liderada por mujeres, para mujeres y decidida a romper el pacto.

Ahora, ¿no existía la sororidad? ¡claro que sí! no obstante, las revoluciones se gestan sobre ciertos ingredientes, hoy uno de ellos es éste y sobre el cual giran otros factores que, en un momento determinado -y éste es el momento-, germinan en lo que estamos viviendo como un movimiento feminista que poco a poco va ganando el espacio arrebatado, traduciéndose, entre muchos otros alcances, en un verdadero procesamiento de delitos sexuales y en el grito unísono que no sólo debe ser feminista, sino universal de: ¡Ya basta!

Toda transformación tiene un momento de caos, en donde las cosas se pueden ir a los extremos, pero conforme adquiere fuerza, se presenta en todo su esplendor, ya no como algo aislado, sino como una realidad multifacética que llegó para quedarse.